Recordatorio:
1.- 1.492. Decreto de la Alhambra. Expulsión de los judíos
si no se bautizaban, en un plazo de tres meses, hasta el 31 de Julio de 1.492.
2.- Siglo XVI, contra los luteranos, los iluminados.
3.- 1.609, Felipe III, expulsión de los moriscos.
Así que todos los pseudo-conversos eran objetivos de la
Inquisición Española.
La dinastía de los Borbones, al establecerse en España
tras……..Austrias…….Carlos II……. Trajo una nueva concepción, centralista y
autoritaria, del poder monárquico.
También el Rey está sometido y debe obedecer a la ley, al
tiempo que su función es “servir a” y no “servirse del” pueblo.
Los Borbones, en España, deben superar el absolutismo y la
desastrosa política cultural y económica de los Austrias.
Los Borbones, para justificar, con hechos, su presencia en
el trono español tienen que hacer reformas y cambiar la faz del país.
Naturalmente habrá resistencias a esas reformas (el Clero y
la Nobleza) intentando mantener sus privilegios amparándose en un Derecho
Consuetudinario (“siempre ha sido así”, la “costumbre”). Como si un Hecho
engendrase Derecho, como si del “siempre ha sido así” se dedujese que “también
ahora tiene que seguir siendo así”.
Y es verdad que se introdujo el cultivo del lino y la
fabricación de sus derivados. Y es verdad que se construyeron caminos, canales
y puertos, introduciendo la nueva tecnología. Es verdad que hubo progreso. Pero
eso no es suficiente para hablar de “Ilustración en España”.
Los Borbones, para poder “mover” algo en España necesitaban
anteponer sus “regalías” a todo, incluso frente a los privilegios del Papado,
guiados por el laicismo y apoyados en un funcionariado, colaborador,
anteponiendo el Bien común a todo otro bien particular,
La Iglesia, como es natural, “puso el grito en el cielo”,
acompañada de/por la nobleza.
Los “manteístas” (nuevos abogados, de extracción popular)
son preferidos, por la Monarquía, a los “colegiales” (abogados de extracción
nobiliaria), cuyos puestos les habían estado reservados por mero nacimiento.
El Estado debe regirse y se rige sólo con/por criterios de
utilidad y la ley, a la que todos deben estar sometidos, es la expresión de ese
Bien Común perseguido.
El poder político, secularizado, se opone al poder despótico
de los reyes.
Carlos III, sus ministros y los funcionarios es lo que
intentan.
Pero algunos resentidos (como los jesuitas) desempolvan la
antigua doctrina sobre “la resistencia al tirano” y “la moralidad del
tiranicidio”.
Adiós a la, hasta ahora, legitimación teocrática del poder y
la nueva monarquía necesita una nueva teoría basada en el Derecho Natural y de
Gentes.
Carlos III ordena la creación de cátedras universitarias
para enseñar/aprender Derecho Natural y a los clásicos en esa materia (Grocio y
Pufendorf).
Al desacralizar la autoridad del gobierno y eliminar la
lógica de los privilegios los ilustrados se guían/tienen que guiarse sólo con
la Experiencia y la Razón.
El Derecho Natural, que tiene que ver con la Ciudad Terrena
(con la política) se sobrepone al Derecho Canónico o divino, el de la Ciudad
Celestial (las dos Ciudades agustinianas).
Ya no hay subordinación, sino independencia. Los teólogos a
lo suyo, como los políticos y economistas a lo suyo. “Esta vida” no es “la otra
vida”.
En la teoría de Hobbes de la lucha de “todos contra todos”,
era “natural” que todos, para asegurar su vida, renunciasen a la defensa de la
misma, poniendo en manos de un hombre justo su libertad para que los
defendiese.
Es la teoría del origen del Estado, la del “pacto social”,
sustituyendo la pluralidad de voluntades singulares por la voluntad de un
príncipe que se compromete a defender a sus vasallos contra la tiranía de los
violentos.
Así el príncipe se convierte en un déspota, al tener en su
persona todo el poder, pero no en un tirano, pues el poder se ejerce en
beneficio de todos y no en el suyo propio.
El Derecho Natural y de Gentes se impone en las
Universidades y éste no remite a nada distinto o más allá de la “naturaleza
humana” y ésta es, además de universal, racional. Todo depende de la voluntad
humana.
Las normas heredadas carecen de legitimidad y la sociedad
sólo debe someterse a las normas racionales, no a las históricas, en otro
tiempo vigentes.
Queda descartado y superado el positivismo jurídico. El Derecho
Consuetudinario “fue”, no tiene por qué “seguir siéndolo”.
La “naturaleza” puede, vence, se impone a la “costumbre”, a
la “tradición”, a la “historia”.
Los “filósofos” se imponen a los “historiadores”.
“Adiós” a los privilegios personales y de clase, a las
excepciones locales, a las particularidades.
La Naturaleza Humana es Una y la Misma para todos los
hombres.
Universalidad, Solidaridad (Justicia) e Igualdad para bien
de todos (de la nación). Habrá que, pues, recaudar más impuestos, fortalecer el
ejército, modernizar la marina, desarrollar las ciencias y las artes, activar
el comercio, suprimir aduanas,….
Todos, absolutamente todos, en la medida de sus
posibilidades, tendrán que contribuir al Bien Común.
La nueva sensibilidad, educando también el corazón, se
impone por lo que se considerará denigrante y contra derecho los azotes, la
tortura, las amputaciones, el empalamiento, las hogueras,…. Todo ello es, y se
ve, anti-natural, por lo que deberá ser suprimido.
No es, pues, el utilitarismo sino la sensibilidad; no es
tanto (aunque también) la razón como el corazón. Es el “sentido moral” no sólo
y más que la “razón teórica”.
“Ponerse en lugar del otro”, “sentir con los demás”,
“caminar con los zapatos del otro”. Es la filantropía ilustrada.
La “beneficencia” y el “altruismo” también son fuentes de
placer, de más y distinto placer que el mero y eterno egoísmo materialista.
Es evidente que España nunca fue el paraíso de las
libertades, ni religiosas, ni políticas ni de tantas otras.
Ni la Iglesia, ni el absolutismo de los Austrias, ni el
dirigismo de los Borbones, las toleraron.
Pero una de las causas, precisamente, de la prosperidad de
Holanda era la libertad de cultos y la tolerancia religiosa, por lo tanto… ¿por
qué aquí no….es que no importaba ni interesaba la prosperidad en España?.
La libertad de comercio y de actividad económica, así como
la libertad de crítica por los entendidos en la materia, deberían ser
esenciales. Pero parecía que las recetas que en otros países curaban nadie
estaba interesado en aplicarlas en España.
La libertad brillaba por su ausencia. El progreso también.
La teoría mercantilista abogaba por la libertad económica y
el levantamiento de las aduanas, así como criticar a los gremios que
controlaban el establecimiento, la producción y el precio de las manufacturas.
Se reclama, también, la libertad para trabajar, para
establecerse, para contratar.
Hasta la “libertad de naturaleza” estaba abolida, según la
pragmática de Carlos III, que prohibía los casamientos sin el previo consentimiento
paterno. Detrás de la cual estaba la mentalidad nobiliaria, tanto en lo
personal y clasista, como en lo económico y la propiedad.
Ni en la vida íntima, ni siquiera en la actividad lúdica.
Demasiadas prohibiciones. Demasiado intervencionismo. Demasiado
reglamentarismo.
En España mandaban las personas, no las leyes.
Se reclama mayor libertad para pensar, para escribir, para
opinar sobre asuntos políticos.
Se pide libertad, no derecho al libertinaje. Mientras éste
ve las leyes como impedimentos y obstáculos, la libertad las ve como premisas y
garantía de la libertad misma.
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