EL MITO DE JESÚS (6).
LAS CREENCIAS HOY.
En nuestro mundo occidental rigen, en líneas generales, dos principios básicos sobre las creencias:
1.- El Derecho indiscutible de cada persona a tener y practicar las creencias que considere más oportunas, o a no tener ninguna. Es libre ante ellas.
2.- Nadie, bajo ningún motivo, puede imponerlas ni imponérselas a nadie.
1.- El Derecho indiscutible de cada persona a tener y practicar las creencias que considere más oportunas, o a no tener ninguna. Es libre ante ellas.
2.- Nadie, bajo ningún motivo, puede imponerlas ni imponérselas a nadie.
Pero esto sólo ocurre/debe ocurrir en nuestro pequeño mundo occidental, porque si se sale de él, en los demás no existe/no suele existir esa libertad de creencias, no rigen dichos principios.
Quiero todo ello decir que el Estado no puede/no debe favorecer a ninguna creencia concreta, ni con fondos públicos, ni con apoyos directos ni indirectos, ya que si eso hiciera estaría, realmente, robando a los contribuyentes que tengan otras creencias, o sea ateo, o sea agnóstico,…
El Estado, ante cualquier creencia, debe practicar la filosofía del “como si”. Como si no existieran.
El Estado debe ser y estar ajeno a cualquier creencia, sin ayudar ni obstaculizar a ninguna. Allá las creencias y sus seguidores.
El Estado sólo debe mirar por los ciudadanos en cuanto ciudadanos, no en cuanto creyentes.
Para el Estado no existen los pecados. Sólo existen los delitos. Y si alguien, creyente o no, delinque, debe ser llevado ante la justicia y pagar por ello.
Sólo debe importarle la conducta externa de los individuos, no lo que piensan, no su conducta interna, no su conciencia.
Si tiene o no tiene remordimientos de conciencia, ése es su problema y, si quiere, puede consultarlo con su Iglesia y sus sacerdotes, no con el Estado.
Si alguien piensa que no debe pagar a Hacienda o abonar una multa, pero paga, al Estado debe darle igual.
Los pecados no tienen por qué ser delitos (desear la muerte del Ministro de Hacienda).
El Estado debe ser y estar ajeno a cualquier creencia, sin ayudar ni obstaculizar a ninguna. Allá las creencias y sus seguidores.
El Estado sólo debe mirar por los ciudadanos en cuanto ciudadanos, no en cuanto creyentes.
Para el Estado no existen los pecados. Sólo existen los delitos. Y si alguien, creyente o no, delinque, debe ser llevado ante la justicia y pagar por ello.
Sólo debe importarle la conducta externa de los individuos, no lo que piensan, no su conducta interna, no su conciencia.
Si tiene o no tiene remordimientos de conciencia, ése es su problema y, si quiere, puede consultarlo con su Iglesia y sus sacerdotes, no con el Estado.
Si alguien piensa que no debe pagar a Hacienda o abonar una multa, pero paga, al Estado debe darle igual.
Los pecados no tienen por qué ser delitos (desear la muerte del Ministro de Hacienda).
El Estado no debe decantarse por NINGUNA creencia, aunque en el pasado alguna haya sido mayoritaria.
Iglesia y Estado juegan a juegos distintos y en campos distintos. Allá cada uno con su juego y sus jugadores.
Todos, absolutamente todos, somos ciudadanos de ese Estado. Sólo algunos, los que así lo deseen y opten serán creyentes, fieles, de una u otra creencia.
Italia, sin embargo, sí tiene una razón para ayudar a la Iglesia Católica, cuya sede principal está en el Vaticano, con su cabeza principal.
(No me refiero al Estado del Vaticano)
Me refiero al Vaticano como cabeza de la Iglesia Católica, pues al estar enclavado en el corazón de Roma, todo creyente que acuda a él es, para el Estado Italiano un turista que deja divisas, al tener que consumir.
(No me refiero al Estado del Vaticano)
Me refiero al Vaticano como cabeza de la Iglesia Católica, pues al estar enclavado en el corazón de Roma, todo creyente que acuda a él es, para el Estado Italiano un turista que deja divisas, al tener que consumir.
El que va a recibir la bendición papal, para el Estado Italiano no es un creyente, sino un turista.
Pero ¿Y EN ESPAÑA? ¿POR QUÉ esos privilegios a la Religión Católica?
¿Porque “desde siempre España ha sido católica” y “porque lo hayamos sido (¿lo somos?), ¿La reserva espiritual de Occidente”?
¿Porque “desde siempre España ha sido católica” y “porque lo hayamos sido (¿lo somos?), ¿La reserva espiritual de Occidente”?
Ese argumento, la tradición, no es un argumento.
El hecho de que hasta ahora haya sido así (obvio el porqué) no implica que deba seguir siendo así.
Los hechos nunca engendran derechos. Si lo ha sido, no tiene por qué seguir siéndolo.
El hecho de que hasta ahora haya sido así (obvio el porqué) no implica que deba seguir siendo así.
Los hechos nunca engendran derechos. Si lo ha sido, no tiene por qué seguir siéndolo.
Hagamos un poco de Historia.
En 1.953, en pleno franquismo duro, tras la guerra civil, el Régimen se apoya en la Iglesia y la Iglesia se ve beneficiada por el Régimen, firmando el Concordato con el Vaticano.
La República, con su política laica, había dejado en suspenso el anterior Concordato de 1.851, durante el reinado de Isabel II.
En 1.951, en el centenario del anterior concordato, fue Franco, en persona, quien solicitó a Pío XII un nuevo Concordato (“seguro de su comprensión y benevolencia, postrado ante Su Santidad, besa, humildemente, vuestra sandalia el más sumiso de vuestros hijos”).
En 1.953, en pleno franquismo duro, tras la guerra civil, el Régimen se apoya en la Iglesia y la Iglesia se ve beneficiada por el Régimen, firmando el Concordato con el Vaticano.
La República, con su política laica, había dejado en suspenso el anterior Concordato de 1.851, durante el reinado de Isabel II.
En 1.951, en el centenario del anterior concordato, fue Franco, en persona, quien solicitó a Pío XII un nuevo Concordato (“seguro de su comprensión y benevolencia, postrado ante Su Santidad, besa, humildemente, vuestra sandalia el más sumiso de vuestros hijos”).
Ya el Papa había firmado un Concordato con Mussolini y otro con Hitler. Así que Pío XII se mostró reticente y habría que esperar 2 años, hasta el 1.953.
Franco consiguió del Papa participar en el nombramiento de Obispos, eligiendo el Papa entre un trío propuesto por Franco (“Elija Su Santidad al que quiera de estos tres por mí propuestos”). De esta manera se aseguraba el control del nombramiento de Obispos y el apoyo ideológico de la Iglesia Católica.
Franco consiguió del Papa participar en el nombramiento de Obispos, eligiendo el Papa entre un trío propuesto por Franco (“Elija Su Santidad al que quiera de estos tres por mí propuestos”). De esta manera se aseguraba el control del nombramiento de Obispos y el apoyo ideológico de la Iglesia Católica.
La Iglesia, en cambio, consiguió muchos privilegios (legales, políticos, económicos y fiscales)
.- Matrimonios canónicos obligatorios para todos los católicos.
.- Exenciones fiscales para los bienes y actividades eclesiásticas.
.- Subvenciones para la construcción de nuevos edificios y mantenimiento de su patrimonio.
.- Censura de los materiales bibliográficos, musicales, cinematográficos, por parte de la Iglesia (las famosas “r” de peligrosidad de las películas, los cortes de escenas…).
.- El derecho a constituir Universidades (yo estudié Filosofía en la Universidad Pontificia de Salamanca, para después hacerlo en la Complutense).
.- Exención de impuestos municipales de las iglesias, de los edificios de las Iglesia, de las Residencia de los obispos, de oficinas, de Seminarios, Conventos,…
.- Exención total de Impuestos de Renta y Patrimonio, así como de sucesiones y donaciones.
.- Exención de las aportaciones a la Iglesia por parte de particulares, empegas,…
.- EL derecho a tener emisoras de radio y publicación de periódicos y revistas.
.- Protección contra la intrusión policial sobre propiedades de la Iglesia.
.- Exención del clero de hacer el servicio militar (librase de la mili).
.- Monopolio católico sobre la Enseñanza Religiosa en las instituciones públicas educativas (los niños de otras religiones podían estar exentos, pero no se reconocía a los ateos, agnósticos y apóstatas).
.- Monopolio católico en el culto público (excepto en Marruecos, donde se toleran otras religiones).
.- Matrimonios canónicos obligatorios para todos los católicos.
.- Exenciones fiscales para los bienes y actividades eclesiásticas.
.- Subvenciones para la construcción de nuevos edificios y mantenimiento de su patrimonio.
.- Censura de los materiales bibliográficos, musicales, cinematográficos, por parte de la Iglesia (las famosas “r” de peligrosidad de las películas, los cortes de escenas…).
.- El derecho a constituir Universidades (yo estudié Filosofía en la Universidad Pontificia de Salamanca, para después hacerlo en la Complutense).
.- Exención de impuestos municipales de las iglesias, de los edificios de las Iglesia, de las Residencia de los obispos, de oficinas, de Seminarios, Conventos,…
.- Exención total de Impuestos de Renta y Patrimonio, así como de sucesiones y donaciones.
.- Exención de las aportaciones a la Iglesia por parte de particulares, empegas,…
.- EL derecho a tener emisoras de radio y publicación de periódicos y revistas.
.- Protección contra la intrusión policial sobre propiedades de la Iglesia.
.- Exención del clero de hacer el servicio militar (librase de la mili).
.- Monopolio católico sobre la Enseñanza Religiosa en las instituciones públicas educativas (los niños de otras religiones podían estar exentos, pero no se reconocía a los ateos, agnósticos y apóstatas).
.- Monopolio católico en el culto público (excepto en Marruecos, donde se toleran otras religiones).
La Iglesia Católica consiguió la Confesionalidad del Estado. España era, oficialmente, católica.
El Régimen consiguió el reconocimiento internacional de algún Estado (Estados Unidos), en 1.953. (Todavía recuerdo, yo, la leche en polvo que nos daban en la escuela, para desayunar, durante el recreo; el queso de bola o los colchones).
El Régimen consiguió el reconocimiento internacional de algún Estado (Estados Unidos), en 1.953. (Todavía recuerdo, yo, la leche en polvo que nos daban en la escuela, para desayunar, durante el recreo; el queso de bola o los colchones).
Pero cuando Franco muere y la democracia llega, el Concordato de 1.953 (que aún no ha sido derogado) no tiene sentido mantenerlo en tales condiciones, por lo que, tanto en el 76 como en el 79 (tras la Constitución democrática) el contenido queda, en parte, modificado.
En esta nueva Constitución se recogerán dos nuevos principios:
1.- Principio de libertad religiosa.
2.- Principio de “aconfesionalidad” del Estado (“neutralidad religiosa del Estado”).
1.- Principio de libertad religiosa.
2.- Principio de “aconfesionalidad” del Estado (“neutralidad religiosa del Estado”).
SIN EMBARGO, TODAVÍA HOY:
.- La Iglesia no rinde cuentas. Actúa como un Estado dentro de otro Estado.
.- El Estado se compromete a aportar a la Iglesia un sostenimiento económico, basado en la Recaudación de la Renta (IRPF). (La casilla de La Iglesia en la Declaración de la Iglesia Católica (pero no para otras religiones), hasta que disponga de sus propios recursos (¿cuándo?)
.- Se mantienen, si no todos, casi todos los privilegios franquistas.
.- La Iglesia no rinde cuentas. Actúa como un Estado dentro de otro Estado.
.- El Estado se compromete a aportar a la Iglesia un sostenimiento económico, basado en la Recaudación de la Renta (IRPF). (La casilla de La Iglesia en la Declaración de la Iglesia Católica (pero no para otras religiones), hasta que disponga de sus propios recursos (¿cuándo?)
.- Se mantienen, si no todos, casi todos los privilegios franquistas.
Las creencias religiosas son/deben ser asunto privado de cada ciudadano y todas tienen los mismos derechos, sin más limitación que no predicar o inducir a daños a terceros.
No debe, pues, ni favorecer ni entorpecer a ninguna.
Sin embargo todos sabemos del múltiple poder del Opus Dei, sobre todo en Madrid.
No debe, pues, ni favorecer ni entorpecer a ninguna.
Sin embargo todos sabemos del múltiple poder del Opus Dei, sobre todo en Madrid.
¿Podemos decir que España, hoy, forme parte del mundo occidental, como Francia, Alemania, Holanda,…?
Si un Estado financia con dinero del contribuyente una creencia particular está justificando la evasión fiscal ya que está robando, literalmente, a los contribuyentes de otras creencias.
Ya salieron los crucifijos de las escuelas, sin embargo, en Estados Unidos sigue utilizándose el “In God we trust” hasta para nombrar barrenderos, PERO la religión se da en las escuelas dominicales de cada creencia y no en los centros de enseñanza patrocinados por el Estado.
La Iglesia española sigue reclamando no sólo los privilegios anteriores, sino aún más.
Yo, personalmente, y como profesor de Filosofía durante 36 años, asistir al bochornoso espectáculo de la Ley WERT, la LOMNCE, donde la Religión es, podemos decir que, obligatoria, en detrimento de la Filosofía (el “creer” y el “saber crítico”) y ver y oír al Obispo Martínez Camino o a Rouco Varela, me lleva a los demonios.
Espero y deseo que pronto España sea un país civilizado, occidental, racional y crítico y defensor de la libertad religiosa, de todas las creencias, dejando la opción de una, otra o de ninguna a los ciudadanos.
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