viernes, 9 de noviembre de 2012

REFERÉNDUM ¿LEGAL Y/O LEGÍTIMO?


 
¿Qué “va a hacer” el Señor Mas si “no puede, legalmente, hacer” lo que, “legítimamente, puede y quiere hacer”?.

¿Cuál sería la pregunta del Referéndum?: “¿Autodeterminación”?, “¿Derecho a decidir”?, “¿Estado propio”?. “¿Independencia (pero sin Europa)?”, “¿Estado libre asociado?”(¿asociado a quién?).

¿Qué es la legalidad?: 1.- Cualidad de lo que es conforme a la ley o está contenido en ella. 2.- Lo que está dentro de la ley. 3.- Lo que la ley permite.

El Señor Mas, liberal (no lo olvidemos), tras hacer todos los recortes habidos y por haber, es consciente de que, a pesar de todo ello, se le descontrola la economía y tiene que pedir (la 1ª Comunidad Autónoma que lo solicita) el rescate a Madrid.

Y para distraer al personal, a media legislatura, convoca elecciones.

Eso es totalmente legal. Lo aprueba el Parlamento Catalán, lo lleva a Madrid y Madrid lo publica en el B.O.E. Y, ya mismo, campaña electoral y votaciones.

Eso no sólo es “legítimo” (lo aprueba el Parlamento) sino que, también, es “legal”.

Supongo que no es verdad lo que se publicó en los medios de comunicación, de que fue a pedirle a Rajoy “poder hacer el Referéndum”, porque la respuesta de Rajoy (si es que fue verdad) sería la correcta: “aunque quisiera, yo no puedo” (como posteriormente, veremos).

Se da por supuesto que la ley es lo que ya Aristóteles decía: “ordinario rationis ad bonum commune ab eo qui….”(una orden racional, dirigida al bien común, dada por el que está al frente de la comunidad y suficientemente promulgada”.

Al revés que los “privi-legios” (leyes privadas, encaminadas a buscar el bien particular, privado) la ley tiene como objetivo “el bien común”, la “justicia”, lo “mejor para la sociedad/comunidad”

¿Y cuando lo legal no es bueno y lo ilegal no es malo?. ¿Qué es, entonces, la legalidad?.

Sencilla y llanamente, “una perversión de la justicia, al considerar legal lo injusto o ilegal lo justo”.

¿Qué hacer, entonces?. Muy fácil: “Cambiar La Ley”

(Y no quiero poner ejemplos en esta nuestra España en crisis moral, social, económica, política,… ¡la madre que parió la pérdida (¿) de los IPads de nuestros diputados (¿y no han perdido la desfachatez y, con el Ipad, también, la vergüenza?).

¿Qué es la legitimidad?: 1.- La capacidad de ser obedecido sin recurrir a la coacción. 2.- La capacidad que permite ejercer el poder  sin necesidad de recurrir a la violencia.

Lo “legítimo” es lo que tiene el apoyo de la ciudadanía.

¿Cómo se mide la “legitimidad de una norma”?: Cuando es Justa, Válida y Eficaz.

Cuando una norma es percibida por la mayoría como Justa, Válida y Eficaz es, masivamente, obedecida y no hace falta recurrir a la violencia, pues es una “norma legítima”

Cuando una norma es percibida como ilegítima es, masivamente, desobedecida a no ser que se recurra a la sanción, a la violencia (potestad que detenta el Estado).

Si el Estado tiene que recurrir a ella, si no es acatada por la ciudadanía, es porque ésta ve la norma como Inválida o Injusta o Ineficaz o las tres cosas a la vez.

Pero como la “legitimidad” es graduable, habrá normas más o menos legítimas.

No habrá que confundir “legitimidad política” (la que tiene el partido ganador de las elecciones), con “afinidad política” (la de los partidos perdedores).

Los perdedores (los afines en partidos) podrán lamentarse de que los suyos no….. y que los otros sí…..pero lo que no pueden/no deben es desobedecer al nuevo gobierno del partido ganador.

Bajemos a tierra y pongamos los pies en el suelo.

El pretendido Referéndum Catalán ¿es legítimo?, ¿es legal?, ¿es ambas cosas?. ¿no es ninguna de ellas?.

Apoyar la realización de un referéndum de autodeterminación no implica que, necesariamente, sea votado el SÍ.

Pero es que la ley no permite hacer un referéndum de autodeterminación de ninguna de las maneras, es ilegal.

La ley sí permite un referéndum para consultar (por lo tanto, no es vinculante)

Si lo que se quiere consultar es “sobre decisiones políticas de especial trascendencia”, el referéndum debería ser convocado por el Rey, mediante propuesta del Presidente de Gobierno, previamente autorizado por el Congreso de los Diputados.

Si el referéndum es para cambiar total o parcialmente la Constitución podría hacerse siempre que así lo aprobase las 3/5 partes del Congreso y del Senado o las 2/3 partes del Congreso.

Un referéndum también puede llevarse a cabo  en una Comunidad Autónoma, para modificar sus Estatutos.

¿Entonces?.

El Señor Mas no puede, “legalmente” convocar un referéndum sobre la autodeterminación, tendría que convocarlo el Presidente del Gobierno, con el Visto Bueno de las Cortes.

Y…..Va a ser que NO.

Por tanto, podemos distinguir Tres tipos de Referéndums:

1.- Referéndum Legítimo y Legal (que no puede ser).

2.- Referéndum Legítimo (la multitudinaria manifestación en la Díada lo legitima, ya que la ciudadanía lo considera Justo, Válido y Eficaz) pero es ilegal (se cargaría todas las instituciones democráticas)

3.- No hacerlo sería legal (porque está prohibido), pero no legítimo, por no permitir que la ciudadanía se manifieste.

Si legítimamente, se realiza, al ser ilegal, el Estado podría usar la violencia, está facultado para ello.

Si legalmente no se hace, pero se considera legítimo hacerlo, ahora la violencia podrá provenir de los ciudadanos,

Resumiendo. Los miles y miles de manifestantes, durante la Díada, legitiman el referéndum, pero al ser ilegal….

Es legítimo el deseo de “independencia” pero, al votarla (si fuera legal) la ciudadanía catalana debería saber, objetivamente, (posible deslocalización de grandes empresas, las bebidas espumosas sucedáneas del cava catalán, descenso de la industria textil, el resentirse del mercado exterior (el resto de España, que no se siente obligada, (sino al contrario) a adquirir productos con las cifras iniciales 15 (”la niña bonita”) en el código de barras, el no poder formar parte de la Comunidad Europea….) si le conviene o no, porque lo que digan o dejen de decir los políticos de turno…

El hacerse el mártir es una vieja técnica ya suficientemente conocida y cada vez más desenmascarada.

Las autoridades europeas lo han manifestado: “no hay conejos que sacar de la chistera”

El President Mas no puede/no debe, legalmente, convocar un Referéndum, porque sería embarcar a la ciudadanía catalana contra las normas legales.

Habría que cambiar la legalidad vigente para que el referéndum, además de legítimo, fuera legal.

Si alguien quiere pedirle peras al olmo y hay gente que se lo cree, allá ellos, porque todos sabemos que el olmo no da peras, aunque Mas quiera hacérselo creer a los ciudadanos y, por lo que se ve, muchos sí lo creen.

Si aquel dijo: “El Estado soy yo” y le pasó lo que le pasó.

Arthur Mas dice: “Cataluña soy yo” y eso, sencillamente, no es así. Son muchos los catalanes que no son de C.I.U.

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