“Solvencia moral” es uno de
los posts o entradas más visitadas de este mismo blog y aunque es ya antiguo(¿)
(29 – III – 2010) sigue, al menos para mí, totalmente vigente.
Pero hoy quiero tratar otro
tipo de solvencia-insolvencia, la “económica”.
“Solvencia”, según el
Diccionario de la R.A.E, es: 1.- “Capacidad para satisfacer deudas”, 2.-
“Carencia de deudas”.
“Insolvencia”, por lo tanto,
será…….
Alguien pasa a la condición
de “insolvente” cuando no puede cumplir, regularmente, sus obligaciones
exigibles.
Dícese de quien no tiene para
pagar sus deudas. De quien carece de liquidez para hacer frente al pago de los
compromisos adquiridos. A quien le es imposible atender los pagos a su vencimiento y por las
cantidades debidas.
“Desahucio” es: “desalojo o
expulsión legal de un inquilino por parte del dueño de la finca”.
En los medios de comunicación
aparecen, a diario, escenas de desahucios, tristes escenas con lágrimas,
gritos, insultos, pancartas, y piquetes concienciados que intentan evitarlos.
La insolvencia puede ser
permanente o sólo transitoria o temporal, actual o inminente.
Yo voy a exponer otros tipos
de “insolvencia” (cualquier lector puede seguir la lista).
1.- Insolvencia dolosa. No
es, realmente, insolvente, pero así aparece utilizando ciertas estratagemas
(poner a nombre de familiares posesiones, para no poder ser embargadas; haber
colocado dinero en paraísos fiscales, fuera de todo tipo de investigación;
manejar, mientras tanto, dinero negro…..). Incluso le sale a devolver la
declaración de la renta.
2.- Insolvencia sobrevenida
(la de la madre, con tres hijos, que, de la noche a la mañana, queda viuda,
habiendo sido el salario del varón el que sustentaba a la familia y con el que se
hacía frente a los gastos, y su trabajo temporal (de la mujer), tras dejar a
los hijos en el colegio, no le llega).
3.- Insolvencia imprudente.
Todos mis alumnos recuerdan a este jubilado profesor ir a clase en un Seat
Marbella, de color blanco, de segunda mano….Y todos recordamos cómo, en tiempos
de la pompa inmobiliaria cualquier albañil, fontanero, alicatador,…. llegaban a
los 3.000 euros mensuales (el doble que mi sueldo). Se compraban parcelas, se
hacían sus chalets, con el BMW en la puerta….y cuando explota la pompa/burbuja
pasan a engrosar las listas del paro y no pueden hacer frente a las deudas
contraídas…
4.- Insolvencia del cuento de
la lechera: “con el sueldo que gano, más las horas extras que puedo echar en el
curro, más las chapuzas de fin de semana,….puedo llegar a los 2.500 euros, así
que me meto en el pareado, con una cuota mensual de…..”. Pero cuando el E.R.E.
de la empresa se pone en movimiento y la crisis asoma la cabeza y se instala en
la sociedad….se cae el cántaro de la leche y todos los sueños anejos.
5.- Insolvencia egoísta. “Con
el dinero ahorrado, en vez de dar una buena entrada para el piso, doy la
entrada para tres, luego alquilo dos, y con lo que me dan voy pagando los tres.
Después, como la vivienda, cada año que pasa, se revaloriza y lo que costó 8 se
vende por 20, vendo dos y me hago un capital que….Así era la realidad. Nadie
quería quedarse atrás. Las ganancias parecían aseguradas…. Pero….se presenta y
se instala la crisis y…..todo fue al revés y para atrás. Los pisos ya no valen
lo que costaron, sino mucho menos y las consecuencias son las que estamos
viendo.
Este escribidor,
juntapalabras, que nunca ha sido modelo de nada para nadie, ante la sangrante
situación en algunos desahucios, con mujer e hijos pequeños en la calle…. O esa
pareja de jubilados, que avalaron, con su piso, al hijo, en tiempos de bonanza,
jamás imaginaron que …..
Entre la letra pequeña de los
prestamistas, cuya firma del comprador siempre era ganancia asegurada, la
alegría de algunos al echar firmas casi en blanco, la desgracia imprevista
sobrevenida,…. Todo ha sido un precipitado.
El deudor puede mostrar su
insolvencia mostrando la ausencia de bienes embargables y que puedan responder
a los pagos exigidos.
Al acreedor le basta con
tener en sus manos algunos justificantes documentados de recibos impagados.
Hay desahucios sangrantes,
pero otros…..
Cuando sobreviene la insolvencia es normal que el acreedor exija el desahucio. El financiador quiere recuperar su dinero más sus intereses.
ResponderEliminarPero el deudor tambien tiene derecho a presentar ante la justicia - ahora no lo tiene - la defensa de su posición. Hay casos en que se impone el embargo, son casos que ya estaban preparados para resultar impagados.
Pero hay otros en que es inhumano el hacerlo. Debe ser obligatoria la solución buscando la forma de satisfacer la deuda, proponiendo al acreedor un sistema combinado de entrega del bien, sujeto a un alquiler más barato a largo plazo, combinado con una posibilidad de acceso a la propiedad.
No veriamos esos casos sangrantes de los que hablas.