miércoles, 29 de enero de 2020

EL "PIN PARENTAL" Y LOS DERECHOS DEL NIÑO ( 10 - 1 )




Que hay hijos que maltratan a sus padres, es un hecho, no general, pero los hay.
Como hay padres que maltratan a sus hijos, es un hecho, no general, pero los hay.
Pero apenas se denuncia y, cuando ocurre, ocurre la frasecita de marras: “Si eso ya se veía venir”.

Nadie (o casi nadie) se interpone entre el padre maltratador y el hijo maltratado, porque parece que se da por supuesto que el padre biológico tiene derecho a educar (¿) a su hijo como lo crea conveniente.
Parece que todavía están encastrados en nuestras mentes los malditos memes de: “La letra con sangre entra”, “una bofetada a tiempo hace milagros”, “así aprenderá el niño”, “en mi hijo mando yo”…

Como si el niño fuera un objeto,  propiedad de quien, por un buen o mal polvo, lo hubiera traído a este mundo.

La patria potestad la tienen, los primeros, los padres biológicos que lo aceptan y lo reciben en la familia pero mientras, y sólo mientras, respete los Derechos del Niño.
Porque el niño forma parte de la familia (nadie lo duda) pero también forma parte de la sociedad por lo que si los padres lo educan para que sea un “buen hijo”, la sociedad, el Estado, tiene que educarlo para que sea un buen “ciudadano”

No, padres, los hijos ni son suyos, ni del gobierno, ni del Estado, ni de nadie (Ud. no eres su propietario, sólo tiene la custodia) pero es el Estado el responsable de impartir un programa educativo, pactado por los poderes públicos y la comunidad docente.

Por no poder, ni en su casa puede Ud. hacer lo que quiera con tu niño, porque es en la escuela donde tiene que ser educado en el respeto a todas las personas.

Porque “sus” valores, padre, pueden no ser los más adecuados para que su hijo pueda convivir en sociedad con los demás niños, respetándolos en su diversidad.

Porque, si Ud. es un maltratador, no querrá que su hijo acuda a unos talleres sobre maltrato no sea que se conciencie y pueda denunciarle, como si Ud. es un racista no querrá que…como si Ud. es un fanático religioso, católico o musulmán, no querrá que…como si Ud. es un ateo no querrá que… y así estará Ud. empobreciendo la personalidad de su hijo.

Porque me da la impresión que ese PIN que se ha puesto de moda es un “Permiso Integrista Nacional-católico”, un veto empobrecedor que su hijo va a sufrir.

No, padre, Ud. no es el propietario de su hijo, porque él es una persona y no un objeto.

Ya, en la antigüedad, Aristóteles tenía la idea de que el niño era igual que el esclavo, y decía: “un hijo o un esclavo son propiedad” (del varón, se supone).

La familia está compuesta –decía Aristóteles-  por el dueño y señor (el varón) que tiene una mujer, unos hijos, esclavos, casa, tierras y bueyes aradores y podía venderlos, azotarlos, matarlos,… prescindir de ellos, porque podía disponer de ellos.

Incluso Séneca, el severo moralista, pensaba que el padre (biológico, por supuesto) podía eliminar a los hijos deformes o inválidos.

Y, en la severa Roma, al nacer la criatura se la presentaban al padre y éste podía aceptarlo o no y, en este caso, el niño era arrojado al vacío como también se hacía desde la Roca Tarpeya, que estaba casi cortada a pico y que tenía un desnivel suficiente para que allí se situara el punto donde se llevaban a cabo ejecuciones de reos cuyos delitos fueran de gravedad extrema, caso de perjurio, asesinato o traición, durante el período republicano: se los despeñaba en una caída mortal de veinticinco metros en la llamada “praecipitatio”).o el niño era puesto en la calle (“expósito”) volviéndose un pícaro, un explotado, un objeto de placer del macho de turno.

Estaba asentado el sentido absoluto de la propiedad paterna de los hijos (si exceptuamos a Horacio y a Quintiliano).

Posteriormente, el cristianismo suavizó estas costumbres pero, todavía, en la Edad Media, nuestro Alfonso X, el Sabio, todavía regulaba algunos casos en que se podía vender al hijo.

¿Quiénes eran los “miserables” de Víctor Hugo sino ese oscuro mundo de niños delincuentes y pícaros, con la calle como morada y el robo como forma de vida para el ricachón sinvergüenza de turno?

No hay más que recordar que en el siglo XIX todavía no había ley alguna que defendiese al niño del maltrato y si, en 1.874, Mary Ellen consiguió que un tribunal de Nueva York castigase a los agresores de un niño fue apelando a la Ley de Defensa de los Animales (Ley que sí existía), asimilando al niño a un pequeño animal indefenso.

En España, en esta “reserva espiritual de Occidente” hay que esperar a Concepción Arenal para que salga en defensa del menor.

Y en esta Europa, ilustrada, hay que esperar al 1.924 para que se promulgue, en Ginebra, la primera Declaración de los Derechos del Niño (Declaración sencilla, breve (sólo cinco puntos) pero modélica porque lo fundamental de la protección moral y jurídica del menor está allí plasmado).

Después, habrá que esperar al 1.959 para que se elabore la Declaración de la ONU, ratificada por los Estados miembros y que, en España, aparece en nuestra Constitución (artículo 39, en que se recogen todos los acuerdos internacionales del niño).

Sin embargo, es en las mentes católicas donde más arraigado está el sentido de propiedad de los padres respecto a los hijos.
Parece, a veces, que los hijos no tuviesen derechos, sino sólo sus progenitores.

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